La acción es un título valor que representa una parte del capital social y que incorpora los derechos y obligaciones de los socios, relacionados con su participación en la vida social. La acción es un título de crédito en la medida en que:
- · Es el documento necesario para ejercitar el derecho literal que en él se consigna. Aunque no de manera cambiaria si no corporativa, está destinada a circular.
- · En la medida en que es un documento literal, el cual incorpora derechos.
- · Deben ser nominativas.
- · Serán de igual valor y conferirán iguales derechos. Sin embargo, en el contrato social podrá estipularse que el capital se divida en varias clases de acciones con derechos especiales para cada clase.
Las Acciones son títulos de crédito nominativos que representan una de las partes iguales en las que se divide el capital social de una empresa, emitidos por sociedades mercantiles, cuyo destino es el financiamiento de proyectos de inversión de largo plazo, que no cuentan con un plazo de vigencia determinado no con una garantía específica y cuyos rendimientos son variables, ya que están en función de los dividendos que pague la emisora en efectivo o en títulos y por la ganancia de capital que se obtenga o no resultando de la diferencia entre el precio de compra y el de venta que se realice de estos títulos en el mercado de valores.
El estudio de la acción puede hacerse desde un triple punto de vista. Puede considerarse la acción como una parte del Capital Social, como Título Valor y como Expresión de la Calidad de Socio.
La acción como parte del capital. Ante todo, la acción representa una fracción del capital social. El capital está dividido en partes que se llaman acciones las que, en su conjunto, integran el capital. Como el capital es una cifra numérica que representa la suma del valor nominal de las acciones, cada acción tendrá un valor fraccionario del capital, que es el que se expresa en las acciones corrientes como valor nominal de las mismas. Este valor nominal o valor abstracto, se debe expresar en el texto del documento, según exigencia de la Ley y se obtiene dividiendo el capital social por el número de acciones.
La acción como título valor. La acción se incorpora en un título valor que recibe aquel nombre. Así, dice el artículo 111 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, “las acciones en que se divide el capital estarán representadas por títulos y se regirán por las disposiciones relativas a valores literales, en lo que sea compatible con su naturaleza y no esté modificado por la presente ley”. Valores literales son los títulos de crédito o títulos-valores. La Ley de Títulos dispone, en su artículo 22, que las acciones de sociedades se regirán por las disposiciones de la ley especial relativa (LGSM.), en cuanto éstas no se opongan a los de aquella. Por lo tanto, según la Ley de Títulos y según la Ley de Sociedades, las acciones son títulos-valores regidos, en primer término, por las disposiciones de la Ley de Sociedades y, en segundo, por la Ley de Títulos y demás fuentes que se enumeran en el artículo 2 de la misma.
En este aspecto, puede decirse que la acción es el título valor en el que se incorporan los derechos de participación social de los socios.
La acción y la calidad de socio. La acción no es sólo una parte del capital social y un título valor, sino que también representa el conjunto de derechos que corresponden al socio por su calidad de tal. En este aspecto, podemos decir que la acción nos da la unidad de participación en la vida social; la influencia de cada socio en la sociedad, se mide por las acciones que posea, pues cada acción le atribuye un puesto de socio, en cuanto es una parte del capital social.